La resolución 1299 de 2020 de la SNR, establece que la declaración extraproceso rendida por la mujer cabeza de familia, es un acto exento de derechos notariales.
En el decreto 19 del 2012, en el articulo 13 se establece que establece que se debe prestar atención especial a infantes, mujeres gestantes, personas en situación de discapacidad, adulto mayores y veteranos de la fuerza pública, en todas las entidades del Estado o particulares que cumplan funciones administrativas.